Convalidaciones y homologaciones
Convalidaciones
La convalidación consiste en la confirmación de que una formación a cursar está superada con una formación aprobada y aportada por el interesado, siempre con objeto de continuar estudios en el sistema educativo.
Para ello, se emite una resolución oficial por parte del centro educativo privado autorizado o la administración educativa competente, en la que se indica el módulo o módulos profesionales que se convalidan al aportar otros estudios de Formación Profesional, estudios universitarios o certificados de la Escuela Oficial de Idiomas, o bien unidades de competencia acreditadas, obtenidas mediante el Procedimiento de Evaluación y Acreditación de las Competencias Profesionales o bien mediante un Certificado de Profesionalidad.

Resoluciones
Estas resoluciones se recogerán en los documentos académicos en los siguientes términos:
a. Cuando la formación aportada para solicitar la convalidación corresponda con la superación de uno o varios módulos profesionales de formación profesional del sistema educativo, la estimación de esta solicitud de convalidación quedará consignada en los documentos de evaluación con la expresión «CV-», acompañada con la calificación obtenida por el solicitante en el módulo profesional cursado que conste en la documentación aportada, y en aquellos casos, en los que la convalidación exija considerar más de un módulo profesional, la calificación indicada será el resultado del cálculo de la media aritmética de las calificaciones obtenidas en dichos módulos profesionales redondeada a la cifra entera inmediatamente superior cuando la décima sea igual o superior a cinco. Dicha calificación será tenida en cuenta para el cálculo de la calificación final de las enseñanzas correspondientes.
b. Cuando la formación aportada sea diferente la estimación de estas solicitudes de convalidación quedará consignada en los documentos de evaluación con la expresión «CV» sin que se acompañe de ninguna calificación. En estos casos no se computará a efectos de cálculo de la calificación final de las enseñanzas correspondientes.
Los módulos profesionales que tengan los mismos códigos, las mismas denominaciones, capacidades terminales o resultados de aprendizaje, contenidos y duración, serán considerados módulos idénticos, independientemente del ciclo formativo al que pertenezcan. En estos supuestos, no se formalizará matrícula en el módulo o módulos profesionales y se procederá a efectuar el traslado de la calificación obtenida.

Homologaciones

La homologación de títulos, diplomas o estudios extranjeros supone la declaración de la equivalencia con los títulos del sistema educativo español vigente. Es la manera de hacer que un título obtenido en otro país tenga el mismo valor que uno obtenido tras ser cursado en España.
Homologar un título en España, si eres extranjero, supone un trámite decisivo para las personas que han decidido establecerse definitivamente en nuestro país.
Permite ejercer en todo el territorio español la profesión para la que se habilita dicho título, así como continuar con estudios superiores en centros educativos españoles.
¿Cómo puedo homologar un título en España?
Homologar un título en España es un procedimiento que podría resultar largo, confuso y pesado si no se tiene la información adecuada. Para facilitar esa tarea, hemos reunido en este artículo algunos consejos y los pasos a seguir para homologar un título universitario y un título de FP.
Homologar un título universitario en España
El órgano encargado de homologar títulos extranjeros de educación superior a títulos oficiales universitarios españoles de Grado o Máster que den acceso a profesión regulada en España es el Ministerio de Universidades. Puedes presentar la documentación física en cualquier oficina de registro o tramitar la solicitud de manera telemática.
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante, expedido por las autoridades competentes del país de origen o de procedencia o por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería. En el caso de los ciudadanos españoles, documento nacional de identidad o autorización para verificar los datos de identidad que obran en poder de la Administración.
- Título cuya homologación se solicita o dé la certificación acreditativa de su expedición y, en su caso, de la correspondiente traducción oficial.
- Certificación académica de los estudios realizados para la obtención del título, en la que consten, entre otros extremos, la duración oficial en años académicos del plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga horaria total de cada una de ellas expresada en horas o en créditos ECTS (europeos).
- Acreditación del pago de la tasa 107
- Acreditación de la competencia lingüística necesaria.
- Dependiendo de la profesión regulada, puede ser necesaria la presentación de otros documentos.
Homologar un título de Formación Profesional en España
Si quieres homologar un título de FP en España, el Ministerio de Educación y Formación Profesional ha creado un sitio web que aglutina todos los aspectos relacionados con los procedimientos de homologación y convalidación de estudio de FP en España, incluyendo informaciones actualizadas de diferentes sistemas educativos extranjeros.
El trámite puede variar según el título o país de procedencia, pero siempre necesitaremos una copia del título o diploma extranjero oficial o de la certificación oficial acreditativa de la superación de los exámenes finales correspondientes y una copia de la certificación acreditativa de los cursos realizados, en la que consten las asignaturas seguidas, las calificaciones obtenidas y los años académicos en los que se realizaron los cursos respectivos.